Título:
Actalianza : iglesia y comunidades de fe ante la opresión y violencia hacia las mujeres indígenas y mestizas en Guatemala.
Clasificación:
303.6 A357
Imp / Ed.:
Guatemala : Serviprensa, 2014.
Idioma:
spa
Descripción:
147 p. ; 21 cm.
Contenido:
I. Fundamentos teóricos. A. Hacia una definición y caracterización integral de la violencia contra las mujeres. B. La violencia contra las mujeres en las iglesias desde una perspectiva interseccional. C. Una carga histórica. D. Fundamentos legales y políticos. II. Violencia contra las mujeres: experiencias diferenciadas. A. La comprensión y /o percepción de la violencia contra las mujeres en las iglesias o entornos de fe. B. Principales signos o símbolos de violencia contra las mujeres en las iglesias o entornos de fe. C. Posturas explícitas e implícitas de líderes religiosos acerca de la violencia contra las mujeres en las ingles o entornos de fe. D. Propuestas basadas en la realidad de vida de las mujeres en las iglesias o entornos de fe. III. Conclusiones. IV. Marco propositivo: Estrategias y propuestas. Estrategia institucional. Estrategia pedagógica. Estrategia pastoral. Estrategia teológica. Estrategia espiritual-psicosocial.
Resumen:
La alianza ACT en Guatemala se ha comprometido a promover la igualdad entre los sexos como un valor común y a generalizar la perspectiva de equidad de género como un método de trabajo para lograr la igualdad entre mujeres y hombre. Para la Alianza ATC en Guatemala, las políticas de género son esenciales para cerrar la brecha de la desigualdad de género desde los principios y las prácticas institucionales, así como para garantizar un enfoque que tenga más en cuenta las cuestiones de género a todos los niveles de la organización, el análisis de equidad de género mejora la calidad y eficiencia de los programas de atención a emergencias humanitarias, desarrollo e incidencia. Los principios operaciones básico de la alianza ACT establece: "Fomentar la igualdad entre hombres y mujeres e integrar la dimensión de género; un foro de ACT y sus miembros deberán dar prioridad al fomento de la igualdad de género e integrar esa dimensión en todos los aspectos de su labor.



